42- Tengo las vacaciones fijadas en el calendario, pero ahora por el COVID-19 no puedo viajar, ¿se aplazan por el estado de alarma?

No, si ya estuvieran fijadas y la actividad de la empresa continúa, no hay nada que obligue al cambio del periodo vacacional.

43- La empresa me obliga a cogerme vacaciones, ¿es legal?

No, no es legal. Las vacaciones se fijan por acuerdo entre ambas partes y la fecha de vacaciones ha de conocerse con dos meses de antelación, aunque tengáis pactado que la empresa marca 15 días de vacaciones y tú otros 15, la antelación es la misma.

No obstante, puedes decidir llegar a un acuerdo con la empresa para disfrutar de las vacaciones si así os interesa a ambas partes.

44- Se me acaba la baja por maternidad, ¿puedo acumular el permiso de lactancia durante el estado de alarma?

Si la empresa continúa su actividad normal y finalizas la baja por maternidad dentro del periodo del estado de alarma, igualmente podrás solicitarle a tu empresa la acumulación del permiso de lactancia para intentar atrasar esa incorporación al trabajo y poder conciliar.

45- ¿Existe algún permiso especial por cuidado de hijos a causa del COVID-19?

Solo en los casos recogidos en las preguntas 38 y 39 del presente documento, es decir, si concurren las causas en estos puntos descritas, podrás acogerte a una adaptación o reducción de la jornada.